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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Legislativa
Título II
De los servicios privados de interés público
Nota:

Ver articulos D.2425.39 a D.2425.42 del Volumen X "De los espacios públicos y de acceso al público", del Digesto Departamental, los cuales incorporan normativa tendientes a prevenir el acoso sexual en espacios públicos o de acceso al publico, en el transporte público o transporte privado de interés público.

Capítulo I
Del transporte de personas
Sección V
De los remises

Artículo D.859 ._

El Servicio que indique la Intendencia, será el encargado de hacer cumplir estas normas y su reglamentación acorde con ellas. Definirá los contralores imprescindibles para su observancia, tanto en las etapas iniciales como durante las de desarrollo del servicio. Llevará un registro de los titulares con permiso hábil o en suspenso y de los vehículos y de sus conductores.

FuenteObservaciones
art. 17