Los conductores de vehículos de transporte de escolares deberán prestar estricta atención al cumplimiento de todas las obligaciones que les imponen las normas vigentes en materia de tránsito, y además deberán:
1- Vestir correctamente y presentar aspecto de aseo y pulcritud total;
2- No conversar con los pasajeros durante el viaje, sin perjuicio de las indicaciones que puedan formular con relación a aspectos de conducta o de actitudes que puedan afectar la seguridad o el normal cumplimiento del servicio;
3- No fumar cuando conduzcan pasajeros,
4- No pronunciar palabras indecorosas o usar modales o gestos inconvenientes; ya que se considerará falta grave por parte de los conductores.
5- Cuidar que los vehículos no tengan leyendas no autorizadas y que presenten el máximo de higiene.
6- Detener completamente el vehículo para el ascenso y descenso de pasajeros.
7- Deberá permitir y facilitar el ascenso de perros guías, de niños/as con discapacidad visual.
8 - Facilitar el ascenso y descenso de niños, niñas o adolescentes con discapacidad de forma segura.