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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título II
Del Permiso Único Nacional de Conducir
Capítulo V
De las categorías de licencia que habilitan a conducir otros vehículos

Artículo R.424.36 ._

Se establecen las siguientes habilitaciones de categorías de licencia de conductor, aparte de la específica:

a) licencia B habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

b) la licencia C habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A y B;

c) la licencia D habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

d) la licencia E habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

e) la licencia F habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

f) la licencia G2 habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia G1;

g) la licencia G3 habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias G1 y G2;

h) la licencia H sólo habilita a conducir aquellos vehículos para los cuales fue otorgada.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
art. 37