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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De las personas con discapacidad y/o con determinados problemas de salud en tratamiento
Nota:

Res. IM. Nº 2535/25 de 27 de junio de 2025 reglamenta numeral 9 del Art. D.768.55.10 del Volumen V del Digesto Departamental, en la redacción dada por el artículo 4º del Decreto Nº 36.047 de fecha 12 de setiembre de 2016, referido a beneficiaros/as de viajes gratuitos en el marco de la Tarjeta de Gestión Social (TGS)


Artículo R.457 ._

Otorgamiento de Tarjeta de Gestión Social para pacientes con tratamiento de enfermedad Tuberculosa. Se otorgará a pacientes con enfermedad tuberculosa en tratamiento en la Comisión Honoraria de Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes. La cantidad de boletos a otorgar será de 40 boletos mensuales.  La vigencia de la prestación será mensual, durante el período de tratamiento de tuberculosis.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 8º de la reglamentación.
num. 3