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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
De las concesiones funerarias
De la regularización y extravío de títulos
Del extravío de títulos

Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título I
De las concesiones funerarias
Capítulo III
De la regularización y extravío de títulos
Sección II
Del extravío de títulos

En caso de extravío del título, el usuario de un bien funerario podrá utilizarlo mediante la presentación de un certificado notarial que acredite su calidad de titular.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2

Para la expedición de título duplicado se exigirá:

a) si se trata del titular la solicitud deberá contener su firma certificada por Escribano Público.

b) si el titular ha fallecido y se presentan sus herederos, éstos deberán acreditar su calidad de tal con el respectivo testimonio notarial de los autos sucesorios.

FuenteObservaciones
num. 1

En caso de condominio la solicitud de duplicado deberá ser firmada por todos los integrantes del mismo.

FuenteObservaciones
num. 1