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Digesto Departamental
Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Comisión Municipal de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes. Resolución 5912/10

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XXI
Comisión Municipal de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes. Resolución 5912/10

DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto tácitamente por Res. IM Nº 1577/12 de 30/04/12, num. 1º .


Establecer que la Comisión Municipal de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes que funcionarán en la órbita de cada Gobierno Municipal, serán presididas por el Alcalde, y estarán integradas con: los ingenieros agrónomos y técnicos responsables del arbolado y áreas verdes de ámbito local, un representante de la División Espacios Públicos y Edificaciones y un representante del Servicio de Áreas Verdes.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto tácitamente por Res. IM Nº 1577/12 de 30/04/12, num. 1º.


Cada Comisión Municipal presentará sus propuestas y planes ante los Concejos Muncipales, la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano y la Intendenta/e Departamental de Montevideo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2

Las competencias de la Comisión de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes serán, respecto al tema arbolado:

a) Proponer los protocolos de procedimientos técnicos para el mantenimiento del arbolado;

b) Proponer y aconsejar los criterios técnicos generales para la elaboración de los pliegos y memorias para las diferentes licitaciones para el mantenimiento del arbolado;

c) Proponer las bases para la elaboración presupuestal municipal, según cantidad de árboles, características del arbolado, antigüedad, condiciones urbanas de las distintas jurisdicciones territoriales;

d) Proponer Planes de Plantaciones y Poda, en atención a las definiciones generales y de ámbito municipal.

FuenteObservaciones
num. 4
num. 3

Las competencias de la Comisión de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes serán, respecto al mantenimiento de los espacios públicos:

a) Proponer y aconsejar los criterios técnicos generales para la elaboración de los pliegos y memorias para las diferentes licitaciones o convenios para el mantenimiento de los espacios públicos a nivel municipal;

b) Proponer las bases para la elaboración presupuestal municipal, según cantidad y características de los espacios públicos existentes y a crear en el territorio del municipio;

c) Proponer obras de mejora, vigilancia y acondicionamiento de espacios públicos ubicados en el ámbito territorial del municipio, en el marco de los planes generales.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 4

La Comisión de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes se reunirá al menos una vez al mes, llevará actas de los temas tratados y de las relaciones o sugerencias tomadas, e informará a las autoridades departamentales y municipales de las mismas.

FuenteObservaciones
num. 6
num. 5