Son causas de revocación de los permisos las siguientes:
a) renuncia, fallecimiento o incapacidad del permisario cuando no se haya operado el procedimiento del artículo R. 1171.57 del presente reglamento;
b) la constatación de 3 (tres) inasistencias consecutivas o alternadas en un plazo de sesenta días, contados a partir de la primera inasistencia por ausencias injustificadas según el artículo R.1171.75.
No se computarán las inasistencias cuando esté lloviendo a la hora de comienzo de las ventas aunque esta circunstancia no interrumpirá la consecutividad respecto de inasistencias anteriores;
c) la trasgresión en forma reiterada del presente reglamento;
d) el no pago en tiempo y forma de los derechos que corresponden;
e) la falsificación o adulteración de datos en los documentos del permisario, sin perjuicio de la responsabilidad penal;
f) el no cumplimiento de todo lo reiterado a la higiene del lugar;
g) autorizar a cualquier título, que otras personas permisarias o no, comercialicen mercaderías que no sean propiedad o responsabilidad del titular del puesto, estando o no éste presente.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.
Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.
Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.
De los espacios públicos y de acceso al público
De las reuniones públicas
De las Ferias Especiales y periódicas
Por Res. 1897/07 de 31/05/07, num. 1 se creó el carné identificatorio para titulares de permisos de venta en la vía pública.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | Ap. V) y VI) | |
num. 1 | Art. 44 de la Reglamentación | |
num. 1 | Art. 44 de la Reglamentación |