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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Legislativa
De los paseos Públicos
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
De las habilitaciones

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
Capítulo II
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
Sección I.I
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
 De las habilitaciones

El Servicio de Regulación Alimentaria habilitará, de acuerdo al proyecto alimentario presentado en cada caso, los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos para su funcionamiento en eventos privados y, con autorización expresa y específica físico-temporal, en el espacio público. Los móviles antes referidos serán habilitados como vehículos, debiendo estar empadronados en el Departamento de Montevideo. Se le otorgará además una habilitación a la empresa en el giro que corresponda, con una vigencia de dos años. Se habilitarán únicamente hasta dos móviles por persona.

FuenteObservaciones
art. 1º