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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Sección I
Tasa de Información Oficial de la Numeración y Nivelación del Inmueble y Estudio de Planos, Permisos de Barreras y Habilitación Final de Obras

Artículo 224.10 ._

Disponer que la facultad establecida en el artículo 6.º del Decreto Nº 37.875(*) podrá ser ejercida por la Intendencia de Montevideo en aquellos casos que cumplan con las siguientes condiciones:

1.º) se trate de proyectos de construcción con destino a vivienda cuyos permisos de construcción sean presentados entre el 1º de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2025 y cumplan con los requisitos exigidos por la normativa en relación a la cantidad de garajes (Volumen IV del Digesto Departamental, artículo D.223.360 y artículo D.223.272.24.2 cuando corresponda).

2.º) los proyectos a los que refiere el numeral anterior deberán desarrollarse en las calles y avenidas de los Municipios B y CH que se detallan a continuación y señaladas en los planos que se adjuntan y forman parte del presente decreto:

Municipio B

1. Todos los inmuebles pertenecientes a las manzanas señaladas en el mapa que se agrega como Anexo 1 y cuyos límites son los siguientes: Boulevard Gral. Artigas, Goes, Democracia, La Paz, Rambla Franklin D. Roosvelt, Rambla 25 de Agosto, Rambla Ing. J. Monteverde, Rambla Francia y Maldonado hasta Boulevard Gral. Artigas.

2. Todos los inmuebles frentistas a los siguientes estructuradores: Avda. Constituyente ambos frentes, Avda. Gonzalo Ramírez ambos frentes, Avda. Libertador Brigadier General Lavalleja ambos frentes y Avda. Dr. Daniel Fernández Crespo ambos frentes, en toda su extensión dentro de este Municipio.

Municipio CH

ZONA. Todos los inmuebles pertenecientes a las manzanas señaladas en el mapa que se agrega como Anexo 2 y cuyos límites son los siguientes:

A) Zona 1: Avda. Ramón Anador (ambos frentes), Avda. Luis A. De Herrera, Marco Bruto, Boulevard 26 de Marzo, Avda. Luis A. De Herrera, Teniente General Pablo Galarza, Pedro Bustamante hasta Avda. Ramón Anador.

B) Zona 2: Avda. Monte Caseros, Avda. Luis A. De Herrera , Ramón Anador , Dolores Pereyra de Rossell, Avda. Gral. Rivera, Boulevard Gral. Artigas hasta Avda. Monte Caseros.

C) Zona 3: Boulevard Gral. Artigas, Boulevard España , Rambla República del Perú, Rambla Mahatma Gandhi hasta Boulevard Gral. Artigas.

ESTRUCTURADORES. Todos los inmuebles frentistas a los estructuradores Avda. Dr. Francisco Soca, Avda. Gral. Rivera, Avda. Ing. Luis P. Ponce, Avda. Italia, Avda. Brasil, y Avda. Luis Alberto de Herrera, en sus extensiones dentro de este Municipio

FuenteObservaciones
art. 1
Nota:

(*) Ver artículo 224.8 del TOTID.