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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Legislativa
De las ferias permanentes
De las adjudicaciones
De la adjudicación directa

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I.I
De las ferias permanentes
Capítulo II
De las adjudicaciones
Sección III
De la adjudicación directa

El Intendente de Montevideo adjudicará en forma directa los puestos reservados en las ferias permanentes, para el caso del artículo D. 2346.24, de la siguiente manera:
a) para personas con discapacidad o egresados del INAU, se efectuará por riguroso orden de presentación de las solicitudes. En el primer caso, será propuesta de la Secretaría de la Gestión Social para la Discapacidad, y en el segundo caso por el Departamento de Desarrollo Social, debiendo en ambos casos dejar constancia de las ferias departamentales de las cuales ya es titular.
b)en el caso de Instituciones públicas o privadas de Recuperación Social, sin fines de lucro, con personería jurídica, en el escrito de solicitud debe dejar constancia de las ferias departamentales de las cuales ya es titular, tanto la Institución como la persona que gestionará el puesto. La adjudicación será directamente a la Institución y ésta nombrará al gestionante del puesto. En el momento de la inscripción, la Institución deberá presentar la siguiente documentación de la persona física que gestionará el puesto: a)cédula de identidad vigente, b)carné de salud vigente, c)constancia de discapacitado expedido por la Unidad de Discapacidad o ser egresado del INAU, d) las Instituciones de Recuperación Social deben acreditar su personería jurídica, su representación, así como su vigencia mediante certificación notarial, y estar inscriptas en la Dirección General Impositiva y en el Banco de Previsión Social y planilla de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, e) certificado de habilitación policial expedida por la Jefatura de Policía de Montevideo. La resolución de adjudicación de los puestos será notificada al permisario en el domicilio constituido.

FuenteObservaciones
art. 1