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A.395.1

Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar del impuesto a los Espectáculos Públicos hasta un máximo de entradas equivalentes al 10% (diez por ciento) de la capacidad autorizada para cada espectáculo público, las que no podrán superar las 200 (doscientas) por evento.

A.624.4.5

Fijar en $ 100,00 (pesos uruguayos cien) la tarifa única por persona de las atracciones mecánicas ubicadas en el Parque Rodó ofrecidas por la empresa permisaria ZANON LTDA.

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