Back to top

Totid

A.267.22.1

Los montos a pagar por concepto de precio por arrendamiento por la autorización del emplazamiento de monopolos en suelo o azoteas de edificios y antenas con vientos, en predios de propiedad de esta Intendencia lo serán en UI (Unidades Indexadas) fijadas al último día del mes anterior al que corre

A.506.26

Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar el cobro de la contribución inmobiliaria por un plazo de 24 (veinticuatro) meses a unidades de planta baja que contemplen usos sociales por parte de instituciones sin fines de lucro.

A.336.6.1

(Otras Inspecciones).- Indicar que las inspecciones que se prevén tendrán los siguientes costos:

1.- Buenas prácticas de manufactura y/o de Higiene: 2 UR

2.- Verificación de lotes por sobre rotulación/re rotulación: 10 UR

A.336.10.1

(Convenios de pago respecto de obligaciones documentadas con carácter previo al vencimiento de las facturas).- Disponer, al amparo del artículo 4º del Decreto No.

A.336.7.2

(Control sobre medios electrónicos de intermediación o comercialización de alimentos).- Indicar que el control sobre medios electrónicos de intermediación o comercialización de alimentos, a efectos de verificar el cumplimiento de las exigencias dispuestas por la normativa departa

A.336.7.1

(Habilitación higiénico-sanitaria de comercios mayoristas de frutas y hortalizas).- Disponer que la habilitación higiénico-sanitaria de comercios mayoristas de frutas y hortalizas tendrá los siguientes costos:

A.224.8

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar hasta un 100 % las tasas creadas por el artículo 50 del Decreto Departamental Nº 26.949, de fecha 14 de diciembre de 1995, y sus modificativos(*), en los casos de construcción de edificios con destino vivienda, cuyos permisos de construcción s

A.647

Fijar el precio de venta al público de las nuevas ediciones que pasarán a integrar la tienda del Centro

de Fotografía que se detallan:

-Montevideo en Carnaval (de la colección Gelatina y Plata) - $ 500,oo (pesos uruguayos quinientos)

A.543.13

Facultar a la Intendencia de Montevideo para exonerar hasta el 100% de la tasa general departamental, por un plazo máximo de hasta 48 meses, a los propietarios y promitentes compradores de garajes en las nuevas construcciones comprendidas en el artículo 6.o del presente decreto.

Páginas

Suscribirse a Totid