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Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Del ingreso
De los funcionarios incorporados en aplicación de la Ley 16.127

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I
Del ingreso
Sección II.1
De los funcionarios incorporados en aplicación de la Ley 16.127
Nota:

Los artículos 15 a 23, 25 y 27 a 31 de la Ley Nº 16.127 fueron derogados por el artículo 36 de la Ley Nº 18.719 y el artículo 24 de la Ley Nº 16.127 fue derogado por el artículo 46 de la Ley Nº 17.556.


Los funcionarios incorporados a esta Administración, en aplicación de los artículos 15 a 31 de la Ley N° 16.127 de 7 de agosto de 1990, percibirán la totalidad de los beneficios sociales y salariales, sin excepción alguna, en iguales condiciones que los funcionarios presupuestados de esta Comuna.

FuenteObservaciones
num. 1