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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Reglamentaria
Título
Único
Capítulo VI
De los Espectáculos Carnavalescos
Sección X
De las Actuaciones en el Concurso Oficial

Artículo R.1582.78 ._

Si alguna etapa se suspende por razones de mal tiempo o motivos de fuerza mayor, esta suspensión no deberá alterar el resto de la programación, trasladándose la etapa o etapas suspendidas para el final de la Rueda en disputa.
De tal resolución se deberá dar cuenta a los interesados comunicando por escrito la nueva fecha de actuación.

FuenteObservaciones
num. 2
art.78 de la reglamentación
num. 79