En todos los casos de aplicación de sanciones se comunicara la medida adoptada al Servicio de Festejos y Espectáculos, el cual notificará en un plazo de 24 (veinticuatro) horas a la entidad que representa a los Directores de agrupaciones carnavalescas y al Director del conjunto infractor, el cual podrá apelar la medida adoptada en un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental