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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Reglamentaria
Título
Único
Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo R.1513.20 ._

Se prohibe el ingreso a las salas de cine y teatro con mates y termos.
Asimismo está prohibido a los espectadores el uso de teléfonos celulares, intercomunicadores inalámbricos, walkie-talkies o cualquier otro elemento que implique la utilización de la voz humana para transmitir o grabar mensajes en salas de espectáculos públicos.
En los espectáculos deportivos estará prohibido, asimismo, el ingreso con mates y termos.
Quien infrinja esta disposición, será retirado del espectáculo y perderá el derecho a la devolución del importe de la entrada.

FuenteObservaciones
num. 1
Modifica inc.1º
num. 1
num. 3