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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Reglamentaria
Título
Único
Capítulo IV
De los Espectáculos Deportivos
Sección V
Taludes y Sectores.

Artículo R.1544 ._

División de sectores. Las distintas localidades del estadio o campo deportivo, deberán ser divididas con elementos de suficiente solidez de mts. 3.00 de altura, en sectores con circulaciones de salidas hacia los pasajes generales. Cada pasaje general deberá tener salida independiente directa al exterior de las localidades. La capacidad de cada sector no podrá ser superior a diez mi (l0.000) espectadores.
No podrán existir comunicaciones entre los sectores a excepción de aquellas circulaciones necesarias para ser utilizadas en caso de emergencia y circunstancias especiales.

FuenteObservaciones
num. 1
art.23 de la reglamentación