Los poseedores de los boletos premiados tendrán un plazo de hasta sesenta (60) días, a contar de la realización de cada sorteo, para retirar los premios.
Cuando las rifas o similares se realicen en más de un sorteo mensual, las actas y comprobantes de entrega de premios se deberán presentar en forma semanal.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones
Libro XIV
De las rifas y sorteos
De las rifas y sorteos
Parte Legislativa
Título
Único
Único
Capítulo I
De las rifas
De las rifas
Artículo D.3155 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 4 | Agrega inc. 2. | |
art. 9 | ||
art. 9 |