Enajenación de parcelas de la Intendencia. En los casos de enajenación de parcelas de la Intendencia, la escritura de traslación de dominio deberá extenderse dentro del plazo de 6 meses contados a partir del día siguiente a la notificación que al respecto formule el Servicio de Escribanía al promitente adquirente, por telegrama colacionado.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental