Luego que el funcionario "OPERADOR" abra la máquina, el funcionario de Secretaría designado a esos efectos deberá escriturar la marca de los contadores en el formulario de PLANILLA DE LIQUIDACIÓN POR CONTADORES "MS2", en la columna indicada como "APERTURA". Las cantidades que se registrarán serán INGRESOS, EGRESOS, CRÉDITOS CANCELADOS (en las máquinas que los tengan), PREMIO ESPECIAL (JACK POTS) Y DEPÓSITOS DE FICHAS METÁLICAS.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).
Por Res. IM.Nº 3487/26 de 26/8/2026 se dispone el cese de la gestión y explotación del Casino Parque Hotel, que funciona en el inmueble propiedad de esta Intendencia, padrón 410901, sito en Joaquín de Salterain 930, a partir del 1° de setiembre de 2026.
Reglamentos de Juegos de Azar
Reglamento de Máquinas de Juegos (Slots)

