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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título I
Reglamentos de Juegos de Azar
Capítulo I
Reglamento de Máquinas de Juegos (Slots)
 Dispocisiones Generales de los Ficheros Auxiliares

Artículo R.1105 ._

Tendrán Fichas Metálicas Sin Valor contabilizadas por unidad y su CAPITAL será propuesto por la Dirección de Casinos a la Dirección Gral. del Departamento. El último día de cada mes, o en su defecto cuando las necesidades así lo justifiquen, deberán recomponer remitiéndose los sobrantes de un Casino al otro, documentándose en el formulario "MS-F2". Dichas operaciones se realizarán con la Supervisión del Gerente de Fiscalización o el Supervisor que al efecto se designe. Diariamente en el parte de cierre que tiene cada fichero se escriturará los movimientos realizados.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
art. 29 de la reglamentación