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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título II
Normas Relativas al Personal
Capítulo I
Obligaciones Generales del Personal de Casinos Departamentales

Artículo R.1152.114 ._

Es obligación de los funcionarios y muy especialmente de los que están en contacto o relación con el público, presentarse con correcta indumentaria, peinados y barbas que guarden relación a la naturaleza y características de la explotación para la cual prestan servicios, estableciéndose que el incumplimiento de lo expuesto será pasible de las sanciones previstas en el Volumen III del Digesto Departamental. Los jerarcas de los distintos servicios de los Casinos de la Intendencia serán responsables del cumplimiento de la disposición precedente.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 29