Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título II
Normas Relativas al Personal
Capítulo III
De las Tareas de los Funcionarios de los Diversos Escalafones
Sección I
De los Funcionarios del Escalafón Técnico Profesional de Sala de Juego de Casinos

Artículo R.1152.126 ._

El Gerente Profesional dependerá del Gerente de Casinos de la Intendencia respectivo, y el objeto principal de su función es coordinar y controlar conjuntamente con el Gerente del Escalafón de Fiscalización y Vigilancia el funcionamiento de las Salas de Juego y supervisará directamente a los Sub Gerentes Profesionales.
Sus tareas típicas son:

  • Supervisar " in situ" el funcionamiento de la sala de juego solucionando los problemas que se plantean.

  • Dar instrucciones a los Sub-Gerentes Profesionales sobre las formas de organizar la sala de juego de acuerdo a la afluencia del público.

  • Controla las aperturas y cierres de las mesas de juego.

  • Mantiene reuniones periódicamente con el Gerente de Casinos de la Intendencia para plantear asuntos relacionados con el juego, cambios de los valores de las apuestas y otros temas de interés para el funcionamiento del Casino relativos a la parte profesional.

  • Dispone las medidas necesarias a efectos de lograr el estricto cumplimiento de las normas estatutarias y reglamentarias.

  • Indica al personal de vigilancia retirar de la sala al público que perturbe el normal desarrollo del juego.

  • Dispone el trámite administrativo de los expedientes relativos al sector Profesional.

  • Aplica sanciones disciplinarias dentro de los límites de su competencia, en los casos que corresponda.

  • Realiza las tareas afines que le encomiende su superior jerárquico.
FuenteObservaciones
num. 1
num. 57