Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título II
Normas Relativas al Personal
Capítulo III
De las Tareas de los Funcionarios de los Diversos Escalafones
Sección I
De los Funcionarios del Escalafón Técnico Profesional de Sala de Juego de Casinos

Artículo R.1152.129 ._

El Jefe de Mesa depende del Jefe de Sala y supervisa a Pagadores y Ayudantes de Pagador, y le compete controlar el desarrollo del juego en una mesa de la sala.
Sus tareas típicas son:

  • Supervisa que la partida de juego se realice en forma correcta en la mesa asignada, asegurando la agilidad del juego.

  • Controla los pagos a las apuestas ganadoras en la mesa de juego, prestando especial atención a los cantos de los pagadores sobre los pagos a efectuar, a fin de poder rectificar de inmediato en caso de error.

  • Supervisa a los funcionarios "profesionales de sala" de la mesa de juego en el desempeño de su función durante el turno, pudiendo solicitar al Jefe de Sala el relevo de los mismos por razones de servicio y/o disciplinarias.

  • Interviene en los cambios de fichas que se realizan con la "Mesa Central de Trasiego", verificando si la cantidad determinada en el formulario corresponde a la cantidad de fichas enviadas.

  • Dispone las fichas recibidas de la "Mesa Central de Trasiego" en el borde del plato del cilindro en montones de a diez, manteniendo entre éstos una separación que permita al Fiscal precisar las cantidades.

  • Mantiene siempre completa la banca, pidiendo las fichas que faltan y remitiendo las que sobran.

  • Consulta a los Jefes de Sala en todos los casos de apuestas dudosas y si corresponde solicita su participación.

  • Ordena y reduce las apuestas en el número acertado para que el pagador efectúe el pago, debiendo especificar claramente los pagos a efectuar y no deberán separarse del paño hasta tanto no haberlos indicado con toda precisión al pagador.

  • Prohibirán terminantemente el manipuleo con las fichas que no correspondan a la ordenación de la banca.

  • Deberán atender y hacer efectiva cualquier observación hecha por los Inspectores en lo que se refiere al incumplimiento de las obligaciones de los empleados componentes del "turno", reservándose para la oportunidad debida, o sea una vez relevado el derecho de reclamar ante la Gerencia, si considerasen no pertinentes las observaciones hecha

  • Comunica al Jefe de Sala la presencia de personas que perturben el desarrollo del juego o a los funcionarios actuantes para tomar las medidas correspondientes.

  • Efectúa la liquidación de la mesa de juego luego de efectuado el cierre de la misma.

  • Firma el libro de apertura y cierre de mesas de juego conjuntamente con el Jefe de Sala, Oficial e Inspector, realizando los controles pertinentes.

  • Realiza las tareas afines que le encomiende su superior jerárquico.
FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 96
num. 100, num. 102, num. 103, num. 104