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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título III
Del Sistema de Control de Sala de Juego por Circuito Cerrado de T.V.
Capítulo
Disposiciones Generales

Artículo R.1152.154 ._

(TURNOS DE OPERACIÓN) Los turnos estarán constituidos por un Oficial Grado 5 quien estará a cargo, y dos operadores de menor o igual grado.
Dichos turnos tendrán una duración mínima de 4 horas.

FuenteObservaciones
num. 1