Grados de Protección. Las construcciones existentes dentro del Régimen Patrimonial se categorizan de acuerdo a los siguientes Grados de Protección:
Grado 0 -Sustitución deseable.
Inmueble con valores arquitectónicos o urbanísticos negativos, cuya sustitución se considera beneficiosa.
Grado 1 - Sustitución posible.
Edificio que puede ser sustituido o sometido a una significativa reformulación que incluya un mejoramiento de su relación con el ambiente.
Grado 2 - Protección Ambiental.
Edificio que solo puede ser modificado conservando o mejorando su relación con el ambiente y manteniendo sus elementos significativos.
Grado 3 - Protección Estructural.
Edificio que debe ser conservado mejorando sus condiciones de habitabilidad o uso, manteniendo su configuración, sus elementos significativos y sus características ambientales.
Grado 4 - Protección Integral.
Edificio de valor excepcional que debe ser conservado integralmente. Sólo se admitirán en él apropiadas y discretas incorporaciones de elementos de acondicionamiento.
La intervención en los bienes dentro del área se regirá por el siguiente cuadro:
CUADRO DE TRAMITACIÓN DE OBRAS EN SUELO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL
Grado de Protección | Restauración | Conservación o Mantenimiento | Reparación o Consolidación | Acondicionamiento | Reforma | Ampliación | Subdivisión |
4 | TG | TG | TG | TP | TP | NO | NO |
3 | TG | TG | TG | TP | TP | TP | NO |
2 | TG | TG | TG | TG | TG | TG | TP |
0 Y 1 no catalogados | TG | TG | TG | TG | TG | TG | TP |
TG Tramitación General. Autorización por procedimiento administrativo del Grupo Técnico de Trabajo.
TP Tramitación Particular. Autorización por procedimiento de evaluación específica de la Comisión Especial Permanente de Ciudad Vieja.
NO Obra prohibida.
En todos los casos los cambio de Grados de Protección deberán ser propiciados por la Comisión Especial Permanente y la Junta Local.