Retiro frontal. Para los predios frentistas a Camino público o Ruta Nacional, rige lo establecido en el Decreto – Ley Nº 10.382 del 15 de febrero de 1943 y leyes complementarias y modificativas.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título VI
De las normas de régimen general en suelo rural
De las normas de régimen general en suelo rural
Capítulo II
Condiciones de ocupación del suelo
Condiciones de ocupación del suelo
Sección II
Retiros
Retiros
Artículo D.223.284 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 19 | Deroga el art. 2 del Dto. Nº 33.071, de 10 de setiembre de 2009, manteniendo en el art. D.284 del Plan Montevideo la redacción dada por el art. 5º del Dto. Nº 32.926, de 7 de mayo de 2009. (art. D.284) | |
art. 1 | ||
art. 11 | ||
art. 2 | Derogado por art. 19 del Dto. Nº 34.935, de 13 de enero de 2014. (art. D.284) | |
art. 5 | art. D.284 | |
art. 3 | art. D.284 |