Contrato-Programa. La Intendencia, de oficio o a iniciativa de parte interesada podrá convocar a expresiones de interés, para la celebración de un contrato-programa de urbanización o de recuperación urbana, mediante la redacción de bases que contendrán los siguientes puntos:
A) Definición de objetivos, conveniencia y oportunidad de la convocatoria.
B) Magnitudes generales de las superficies urbanizables.
C) Niveles socioeconómicos de los destinatarios de la operación.
D) Cesiones a la Intendencia de espacios libres, equipamientos, terrenos para incorporar la Cartera Departamental, de Tierras y otras compensaciones.
E) Construcción de la urbanización y los servicios públicos.
F) Cualquier otra que la Intendencia disponga.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas incluyendo:
A) Un avance del Plan Especial de Ordenación o del Proyecto de Detalle, según corresponda.
B) Plazos propuestos para la realización.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Instrumentos del ámbito departamental
De los instrumentos de desarrollo y seguimiento del plan
De los instrumentos de gestión y ejecución
En referencia a la zonificación del suelo, ver artículo 5º del Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013 que incluye cuadro comparativo de referencias de subcategorìas y áreas diferenciadas de suelo.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 | ||
art. 11 | ||
art. 39 | art. D.77 | |
art. 3 | art. D.77 |