Los Planes Zonales contendrán las siguientes determinaciones:
A) Objetivos de su redacción, expresando su carácter complementario del Plan de Ordenamiento Territorial.
B) Relaciones e incidencias con el Plan de Ordenamiento Territorial.
C) Disposiciones que complementen las determinaciones referentes a la edificación, usos pormenorizados, a las obras de urbanización, o que suplan eventuales deficiencias de la ordenación en la zona.
D) Aspectos de coordinación y concertación a escala zonal.
E) Prioridades establecidas para las obras y servicios departamentales a realizarse en la zona, o las de naturaleza central que incidan en ella.