Unidad de Actuación: delimitación. Las Unidades de Actuación se podrán delimitar por los Planes Especiales de Ordenación y los Planes Zonales, o bien, de oficio, siguiendo el trámite de las Modificaciones Cualificadas, y en base a los siguientes criterios:
A) Que la ordenación de la Unidad de Actuación permita la justa distribución de cargas y beneficios, o las transferencias de edificabilidad, en su caso.
B) Que la Unidad de Actuación delimitada comprenda en su superficie a una porción de territorio que integre a más de un propietario.
C) Sólo podrán delimitarse Unidades de Actuación inmediatas a terrenos destinados a infraestructuras, equipamientos y espacios libres, incluyendo en ellas la parte correspondiente de los terrenos con ese fin.
Sin perjuicio de las facultades de la Intendencia de Montevideo sobre determinación y delimitación de las Unidades de Actuación, podrán proponer la creación de las mismas, otras Entidades Públicas o los particulares.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Instrumentos del ámbito departamental
De los instrumentos de desarrollo y seguimiento del plan
De los instrumentos de gestión y ejecución
En referencia a la zonificación del suelo, ver artículo 5º del Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013 que incluye cuadro comparativo de referencias de subcategorìas y áreas diferenciadas de suelo.
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 | ||
art. 11 | ||
art. 3 | art. D.65 |