Normas complementarias de implantación. Mediante la redacción de una o varias normas complementarias se establecerán en cada área de la Zonificación Terciaria del Suelo Urbano, las características particulares de implantación de las distintas actividades, en función del uso preferente asignado por el Plan. De igual forma se establecerán los criterios para la determinación de las densidades de ocupación de suelo, según la cantidad de establecimientos y la compatibilidad por rama de actividad, así como la densidad de población y de personal ocupado. Hasta tanto no se aprueben las citadas normas complementarias, todos los usos no residenciales, distintos de los servicios y equipamientos compatibles y complementarios al uso residencial, requerirán de un Informe de Viabilidad de Usos, con carácter previo. Asimismo se deberá presentar un Estudio de Impacto Territorial todos los establecimientos comerciales de grandes superficies y los que, destinándose a ventas de artículos alimenticios y uso doméstico, consten de una sala de venta de más de 250 m2.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Instrumentos del ámbito departamental
De las normas de régimen general en suelo urbano
Condiciones generales de usos y actividades
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 | ||
art. 11 | ||
art. 3 | art. D.180 |
En referencia a la zonificación del suelo, ver artículo 5º del Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013 que incluye cuadro comparativo de referencias de subcategorìas y áreas diferenciadas de suelo.