Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección I
Barrio Sur

Artículo D.223.272.2 ._

Delimitación.

Se califica como Suelo bajo Régimen Patrimonial al área conformada por los predios frentistas a las calles:

- Carlos Gardel entre Wilson Ferreira Aldunate y Carlos Quijano.

- Isla de Flores entre Carlos Quijano y Ejido.

- Curuguaty entre Av. Gonzalo Ramírez y Dr. José María Roo.

- Av. Gonzalo Ramírez entre Zelmar Michelini y Ejido.

- José María Roo, acera norte, entre Paraguay y Zelmar Michelini.

- Wilson Ferreira Aldunate, acera este, entre Carlos Gardel y Durazno;

- Julio Herrera y Obes, ambas aceras, entre Carlos Gardel y Durazno;

- Río Negro, ambas aceras entre Durazno y predios frentistas a la Rambla Naciones Unidas;

- Paraguay, acera oeste, entre Durazno y predio frentista a la Rambla Naciones Unidas;

- Paraguay, acera este entre Durazno y Dr. José María Roo;

- Héctor Gutiérrez Ruiz, ambas aceras, entre Durazno y Dr. José María Roo;

- Zelmar Michelini ambas aceras entre Durazno y Dr. José María Roo;

- Carlos Quijano, ambas aceras entre Durazno y Av. Gonzalo Ramírez;

- Dr. Aquiles Lanza, ambas aceras entre Durazno y Av. Gonzalo Ramírez;

- Ejido, acera oeste entre Durazno y Av. Gonzalo Ramírez;

- Domingo Petrarca, ambas aceras, entre Av. Gonzalo Ramírez y La Cumparsita.

Se excluyen los padrones Nº 6511, 6520, 6741, 6720, 6701, 8116, 8140, 8185, 8209, 8436, 8443, 8544, 8554, 416928, 8537, 8820, 8827, 8966 y 8957 frentistas a la calle Durazno, los que quedan comprendidos en el Área Patrimonial Centro Sur, definida en el Capítulo II

“Bienes y espacios en Régimen Patrimonial en Suelo Urbano”, Título I “Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad”, Apartado III “De los Inventarios”, del Libro III “Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible” Parte Legislativa del Volumen IV.”.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 11
art. 4
art. D.272.2
art. 17