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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título I
De las concesiones funerarias
Capítulo I
De la adjudicación de nichos, parcelas y sepulcros

Artículo R.1306 ._

Abonado que fuera el precio o acordada la fórmula de pago, los antecedentes de cada bien funerario asignado en la forma mencionada, serán elevados por el Departamento de Recursos Financieros al Sr. Intendente a fin de dictar la resolución de adjudicación de los derechos de uso sobre dicho bien, la que será remitida al Servicio Fúnebre y Necrópolis para la confección del título respectivo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2
num. 2
num. 2
num. 2
num. 7