Los herederos o causahabientes de titulares de un derecho funerario podrán obtener la expedición de un certificado que los habilite para el uso de la sepultura, acreditando su calidad de tales ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis con los correspondientes testimonios de las partidas de estado civil.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental