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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título I
De las concesiones funerarias
Capítulo III
De la regularización de la documentación
Sección II
De los títulos

Artículo D.2450 ._

Cuando se pretenda realizar cualquier trámite o gestión relativa a un local funerario con títulos no regularizados, se justificará el derecho del gestionante mediante certificado notarial que lo acredite, sin perjuicio del pago de las multas estipuladas.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 5