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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título III
Del uso de los bienes funerarios por los concesionarios
Capítulo II
De la construcción, reconstrucción y mejoramiento de bienes funerarios
Sección II
En fosas y tubulares

Artículo D.2462.2 ._

Para inscribirse en el Registro será necesario la presentación de certificados expedidos por los organismos correspondientes (BPS, BSE, MTSS), que acrediten la calidad de empresarios de obras o de marmolería de los peticionantes. Además serán igualmente autorizados para realizar dichas obras los profesionales Arquitectos e Ingenieros Civiles habilitados por el Servicio de Contralor de la Edificación estando obligados a cumplir los mismos requisitos.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1