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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título VII
De la retroversión al patrimonio de la Intendencia
Capítulo IV
De la cesión de los derechos

Artículo D.2531 ._
DEROGADO

El Departamento Ejecutivo adjudicará en las condiciones que establece el artículo D.2532, las concesiones sobre los locales funerarios aludidos en el presente Título, por un precio que no podrá ser inferior al que hubiese pagado o fije la Intendencia.

FuenteObservaciones
art. 1
Nota:

Derogado tácitamente por Decreto No. 30.055.