La adjudicación del derecho de uso de parcelas, nichos y panteones se hará una vez realizado el sorteo por el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, y luego que el Servicio de Ingresos Comerciales comunicare la realización efectiva del pago o el sistema de financiamiento que se adopte. En aquellos casos en que, efectuado el sorteo exista remanente de bienes, se procederá a su adjudicación por venta directa, previa autorización del Intendente.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental