Para prorrogar el arriendo por un nuevo plazo de cinco años, con el máximo de veinte, el usuario deberá, dentro de los sesenta días anteriores al vencimiento del plazo, manifestar su voluntad por escrito, ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental