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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título III
Del uso de nichos y sepulcros
Capítulo II
De los adornos, floreros y macetas en los bienes funerarios
Sección I
Disposiciones generales

Artículo R.1355 ._

Los objetos que por razón de deterioro no puedan permanecer más tiempo en el sitio donde se hayan colocado, serán también retirados inmediatamente usando el mismo procedimiento que se indica al final del artículo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 6