Transcurridos seis meses de ingresados los objetos al Depósito de cada Cementerio, si los mismos no hubieran sido reclamados, el Servicio Fúnebre y de Necrópolis dispondrá su traslado al Depósito General. Este local, que deberá ofrecer los máximos elementos de seguridad, será administrado por el funcionario que designe la Dirección del Departamento de Acondicionamiento Urbano, quien recibirá y entregará con las debidas constancias los objetos provenientes de las dependencias del Servicio Fúnebre y de Necrópolis. El Encargado del Depósito dará cuenta mensualmente de los movimientos y existencias de los objetos o materiales en custodia con especificación de aquellos que tuvieron valor artístico u ornamental.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental