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Volumen XI De los Cementerios
Libro XI
De los Cementerios
Título IX
Del orden en los cementerios
Artículo R.1420 ._
Prohíbese tomar fotografías con fines comerciales en los cementerios del Departamento.
Las fotografías de otro carácter deberán ser autorizadas por el Servicio Fúnebre y de Necrópolis.