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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV
Normas generales para el ascenso y las promociones
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Sección I
Principios generales

Artículo R.227.10 ._
DEJADO SIN EFECTO

Dejado sin efecto tácitamente por Res. IMM Nº 564/99 de 11/02/99, num.1.


En los casos de ajuste de escalafones en que se hayan operado refundiciones de grado, se representará, a los efectos de la primera promoción, la diferencia de grado que hubiere existido en la última refundición operada en los escalafones con anterioridad a la promoción de que se trate.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
art. 11 del Reglamento de Ascensos y Calificaciones.