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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo III
De la asistencia y permanencia en sus funciones del personal de la Intendencia
Sección II
De la permanencia en el cumplimiento de funciones y fiscalización

Artículo R.191 ._

Los funcionarios tienen el deber de permanecer cumpliendo sus tareas durante todo el horario establecido.
Cuando por la naturaleza de sus funciones deban cumplir servicios fuera de sus oficinas, deberán hacerlo dentro del horario reglamentario.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 11º de la Reglamentación.