Cuando por motivo justificado el evaluador no pudiera efectuar la evaluación, ésta será formulada por quien deba subrogarlo, quien deberá tener en cuenta como elemento de juicio, las anotaciones que aquel pudiera haber realizado sobre la actuación de los funcionarios.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional
Libro III
De la relación funcional
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título Único
Nota:
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Capítulo IV.1
Nota:
Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.
Sección I
Del sistema de calificaciones
Del sistema de calificaciones
Artículo R.235.2 ._
DEJADO SIN EFECTO Dejado sin efecto por Res. IMM Nº 216/01 de 18/01/01, num. 1.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
num. 1 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | art. 64 del Reglamento de Ascensos y Calificaciones. |