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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.1
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Sección I
Del sistema de calificaciones

Artículo R.234.10 ._
DEJADO SIN EFECTO

Dejado sin efecto por Res. IMM Nº 216/01 de 18/01/01, num. 1.


Los miembros de los Tribunales no podrán renunciar a sus cargos, salvo por causa debidamente justificada y, de la misma forma, podrán abstenerse de emitir opinión en casos específicos. Dicha abstención será preceptiva en caso de considerarse su propia calificación.
Asimismo, podrán ser recusados por motivos fundados dentro de los tres días siguientes a la notificación de su designación.
El jerarca en cada caso, decidirá inapelablemente sobre la renuncia, abstención o recusación planteada.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
art. 60 del Reglamento de Ascensos y Calificaciones.