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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección II
Requisito para el ingreso a los escalafones
 Subescalafón de Dirección

Artículo D.84.4.1 ._

Los funcionarios contratados permanentes que revistan en el Escalafón Cultural y Educativo, podrán acceder mediante igual mecanismo a los cargos de Dirección de las carreras Director 1 (D1), Director 2 (D2) y Director 3 (D3), vinculados a la conducción de sus respectivas carreras.
En todos los casos previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la reglamentación respectiva.

FuenteObservaciones
art. 1