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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo XIV
De la permuta de cargos

Artículo D.139 ._

Las permutas de cargos sólo podrán ser autorizadas cuando a juicio del Intendente no impliquen perjuicio para los servicios afectados o para los derechos de otros funcionarios, previo informe del área encargada de los Recursos Humanos.

FuenteObservaciones
art. 1