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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección II
Requisito para el ingreso a los escalafones
 De la Conducción. Normas Generales

Artículo D.84 ._

El ingreso a cualquiera de los Subescalafones del Escalafón de Conducción se realizará siempre por los niveles de carrera más bajos.

FuenteObservaciones
art. 1