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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección I
 De los Escalafones y Subescalafones

Artículo D.79.6 ._

El SUBESCALAFON ESPECIALISTA PROFESIONAL SUPERIOR comprende las carreras del Escalafón Especialista Profesional en las que predominen las tareas que requieran autonomía en la aplicación de técnicas de nivel educativo terciario, en apoyo a funciones de alta especialización profesional.
Se requiere tener título o diploma correspondiente a una formación terciaria de dos a cuatro años de duración, cursada en escuelas universitarias o en otros centros de nivel equivalente; ó poseer título intermedio o mitad de carrera (mínimo 3 años) de planes de estudio de nivel facultad.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 18 inc. 3